Pagar las remuneraciones es una de las principales obligaciones que adquirimos al contratar trabajadores. No hacerlo en los términos y condiciones que la ley establece puede acarrear inconformidades que afectan la productividad e, incluso, derivar en conflictos legales.
En ese sentido, resulta de suma importancia conocer los tipos de remuneraciones en Chile, conceptos indispensables para gestionar correctamente la nómina de tu empresa.
El artículo N.° 41 del Código del Trabajo define las remuneraciones como la retribución económica que se paga a los trabajadores por el cumplimiento de las labores acordadas en el contrato laboral.
En la misma línea, el artículo N.° 42 de la normativa establece los siguientes tipos de remuneraciones en Chile:
También es importante destacar que los tipos de remuneraciones reseñados anteriormente se clasifican en tres categorías:
Remuneraciones Ordinarias |
Remuneraciones extraordinarias |
Remuneraciones especiales |
Son aquellas que surgen producto de la retribución de los servicios prestados. En consecuencia, tenemos que pagarla con una periodicidad determinada. Los ejemplos más claros son el sueldo y las comisiones. |
Estos pagos se realizan como retribución por servicios prestados ocasionalmente. Por ejemplo, las horas extras. |
Como su nombre lo indica, son remuneraciones originadas en función del cumplimiento de circunstancias especiales, como los bonos. |
Además de las categorías antes descritas, la legislación laboral incluye otras que vale la pena tener en cuenta:
Las remuneraciones fijas son aquellas cuyo monto no varía en los períodos de pago, como el sueldo base.
Las variables, como su nombre lo indica, son aquellas en las que el resultado final puede variar de un período de pago a otro, como ocurre con las comisiones.
La remuneración principal es aquella pactada en el contrato como fundamental, cuyo monto y periodicidad de pago no depende de la existencia otras contraprestaciones. El ejemplo más típico es el sueldo base.
Las remuneraciones accesorias son aquellas que implican la existencia de la contraprestación principal. Por ejemplo, las horas extras.
Ya sabemos qué tipos de remuneraciones hay y cómo se clasifican. Sin embargo, y de acuerdo con lo establecido en el artículo N.° 41 del Código del Trabajo, hay una serie de asignaciones que no pueden considerarse como remuneración:
Es muy importante que gestiones a la perfección el concepto de remuneración, pues así el cálculo de la nómina siempre se ajustará a la legislación laboral.
Para hacerlo, es recomendable implementar un software especializado que automatice este proceso y elimine las probabilidades de error, como Zenda, de Defontana.
Con Zenda, podrás agilizar el proceso en torno al cálculo y pago de las remuneraciones, evitando inconsistencias y mejorando la relación con los trabajadores de tu empresa, además de incrementar la productividad en el área de Recursos Humanos.