Cada año, en abril, se realiza la denominada Operación Renta. Se trata de un proceso mediante el cual el Servicio de Impuestos Internos (SII) nos presenta a nosotros, los contribuyentes, una propuesta de declaración de ingresos en el marco de los sistemas tributarios de Renta Presunta, Atribuida, 14 ter o Semi Integrado.
Debemos revisarla cuidadosamente y, en caso de que sea necesario, realizar las respectivas modificaciones para enviarla nuevamente al SII y pagar el impuesto que corresponda.
En dicho proceso, las declaraciones juradas (DDJJ)son la base de todo y debemos presentarlas en las fechas indicadas por el SII.
El SII las define como una “manifestación que presentan las personas naturales y jurídicas bajo juramento ante el SII para cumplir con el trámite legal de dar a conocer información de carácter tributaria propia o de terceros, relacionada con los movimientos que tuvieron en el año comercial anterior”.
En otras palabras, se trata de documentos relacionados con inversiones, honorarios, Pagos Provisionales Mensuales (PPM) -entre otros- que hemos realizado a lo largo del año gravable. Son usados por el SII para extraer la información necesaria para elaborar la propuesta de declaración de renta mencionada líneas atrás (Formulario N° 22) de al menos 3 millones de contribuyentes, según lo declara el Suplemento de Declaraciones Juradas de la Operación Renta 2020.
En ese sentido, la presentación de las Declaraciones Juradas (DDJJ) marca el inicio del proceso de Operación Renta. Son varias, y la obligación de presentar una u otra depende de la naturaleza de los ingresos del contribuyente y el régimen tributario al que se encuentre vinculado, pero algunas de las más importantes para este 2020, son las siguientes:
Entre estas declaraciones para la Operación Renta 2020, cabe destacar la DJ N° 1879 o de “Retención de Honorarios”, pues presenta una gran novedad este año tributario: para los contribuyentes de la primera categoría de la Ley de Renta la «obligación en su presentación estará cumplida» porque el SII propondrá un formulario con esta información. Solo tendrán que revisarla y modificarla cuando corresponda.
Con esta medida, que simplifica por completo el trámite, se verán beneficiadas más de 500.000 empresas.
Para simplificar la Operación Renta 2020, también se modificaron 14 Declaraciones Juradas:
Además, dos fueron eliminadas: la Declaración Jurada 1836, sobre “Transferencias de caballos de fina sangre y caballos chilenos”; y la 1901 de “Declaración anual sobre beneficiarios de asignaciones familiares y maternales”.
De cualquier manera, es necesario que cada contribuyente revise detenidamente el suplemento del SII para que pueda determinar cuáles Declaraciones Juradas tiene que presentar y cuáles no.
Para diligenciar cabalmente estos documentos, debemos tener al día y organizada toda la información contable y tributaria del negocio. Teniendo en cuenta que se trata de un gran volumen de datos, apoyarse en un Sistema de Planificación de Recursos Empresariales (ERP) representa un gran beneficio. Este centraliza en un solo sistema la data del área contable y de otros departamentos de importancia estratégica para la empresa, haciéndola mucho más accesible.
Ya sobre el procedimiento técnico, hay que decir que el Suplemento de Declaraciones Juradas explica detalladamente como diligenciar cada Declaración. Sin embargo, nunca está de más buscar la asesoría de un contador experto en materia tributaria, que nos ayude a registrar bien la información que necesitamos y a acceder a los beneficios fiscales establecidos por el SII.