Las claves de la nueva Ley de Pago a 30 días

En mayo entrará en vigencia la Ley 21.131 más conocida como Ley de Pago a 30 días. Esta normativa representa un gran apoyo para las Pymes que -muchas veces- tienen que esperar hasta ciento veinte días para recibir el pago por sus productos y servicios.

Junto con la disminución en los plazos y el mejor control de ventas gracias a la Guía de Despacho Electrónica, la ley situará a Chile al nivel de países desarrollados que tienen un promedio de pago de 34 días, según un estudio de Hermann Consultores. 

Modificaciones que incorpora la Ley de Pago a 30 días

La normativa introduce dos plazos a partir de su plena entrada en vigencia:

  • Plazo general de pago: a partir de la emisión de la Guía de despacho electrónica se contarán 30 días corridos para cancelar la deuda. Sin embargo, es importante señalar que durante los primeros 25 meses desde la publicación en el Diario Oficial, este plazo será de 60 días corridos, lo que se considera como un período de adaptación a la normativa.
  • Plazo excepcional de pago: en casos excepcionales la ley permite que las partes pacten un plazo superior de pago. Para que esto se haga efectivo se deben cumplir una serie de requisitos legales, entre los que destaca la suscripción de un acuerdo por escrito (no abusivo para el acreedor), el cual quedará en un registro que estará a cargo del Ministerio de Economía.

Otro cambio es la incorporación de una comisión moratoria fija por recuperación de pagos, equivalente al 1% del saldo insoluto adeudado, y que se suma a los intereses corrientes que se deben pagar en caso de mora.

Ley de Pago a 30 días en el sector público

Una de las excepciones a la regla son los plazos de pago estipulados cuando el Estado es el comprador. Si bien se aplicará el plazo de pago de 30 días, se contempla un plazo de hasta 60 días en caso de licitaciones y contratos. Lo anterior comenzará a regir a partir del mes 29 desde la publicación de la ley.

Sanciones contempladas en la Ley de Pago a 30 días 

Además de la Comisión moratoria, esta ley contempla los siguientes puntos:

  • Competencia desleal: serán calificados dentro de esta categoría quienes incumplan sistemáticamente los plazos legales de pago a proveedores.
  • Derecho a indemnización: en caso de pactar un plazo distinto a lo establecido, quedan sin efecto las cláusulas que contemplen limitaciones absolutas de responsabilidad que priven al prestador o vendedor de su derecho de indemnización en caso de incumplimientos contractuales. 
  • Cláusulas abusivas: se prohíbe -dentro de los acuerdos de plazo excepcional- el establecimiento de intereses por no pago inferiores al mínimo legal.

Guía de despacho electrónica

Para hacer efectivo el control de ventas y la fiscalización de los plazos, será obligatorio el uso de la Guía de Despacho Electrónica. Al respecto, es conveniente destacar que el plazo para la implementación de esta herramienta será de un año a partir de la publicación de la ley en el Diario Oficial.


Si bien faltan más de dos años para que la Ley de Pago a 30 días entre en plena vigencia, su promulgación es un gran avance para el fortalecimiento de las Pymes. Se espera que esta normativa mejore la capacidad de negociación de este sector frente a las grandes empresas, siendo al mismo tiempo un aliciente para generalizar las buenas prácticas de pago en el mercado nacional.

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