La jornada laboral… El Código del Trabajo la define como el tiempo que los empleados están a disposición de nuestra empresa, o realizan efectivamente las tareas para las que fueron contratados. Pero ¿cuántas horas al mes se trabaja en Chile? ¿Quién las controla?
Resolvamos estas dudas ya, pues estamos en plena implementación de la Ley de 40 Horas y no podemos darnos el lujo de cometer errores.
Hasta el año pasado tuvimos fijada durante una jornada laboral de 45 horas semanales, pero el 11 de abril de 2023 fue aprobada una reforma que la reduce a 40.
El cambio no fue instantáneo, para no generar traumas en las operaciones de nuestras empresas. Va a ser progresivo, a lo largo de 5 años, que empezaron a correr en abril de 2024:
Ojo, que jamás podremos establecer jornadas de más de 10 horas diarias.
Y no podemos distribuir esas horas semanales como nos dé la gana. Por ahora, tenemos que repartirlas en un máximo de 6 días, o en un mínimo de cinco. Ni más, ni menos: ¡Hay que dejar tiempo para el descanso!
Ya en abril de 2028, podremos distribuirlas entre cuatro, cinco o seis días, con el mismo límite de 10 horas al día, y como un mes tiene un promedio de 4.3 semanas, podemos decir que los chilenos trabajamos al mes las siguientes horas:
Sin duda, un buen beneficio. Aunque el trabajo es esencial en nuestras vidas, los minutos que podemos dedicar a los seres queridos y a nosotros mismos no tienen precio.
Si los trabajadores quieren y la empresa lo necesita, pueden laborar más de las 44 horas legales de trabajo en Chile. Sin embargo, todo ese tiempo adicional debe ser pagado como horas extraordinarias, es decir, con un recargo del 50%.
O si lo prefieren y llegamos a un acuerdo al respecto, podemos cambiar los pagos de horas extraordinarias por días adicionales de feriado (máximo cinco).
La respuesta es sí. Esta norma se aplica a todos los empleados que se rigen por el Código del Trabajo. O sea, los trabajadores que laboran por contrato de honorarios no son cobijados por la Ley de 40 horas.
Ahora bien, no son los únicos, también están exentos de este derecho:
En el caso de los trabajadores de casa particular, el manejo del asunto es un poco especial.
Si laboran puertas afuera, aplica la misma reducción de jornada laboral que disfrutan los demás empleados del país; no obstante, si se desempeñan de forma interna, el beneficio se traduce en dos días libres al mes, por supuesto, para que usen en lo que quieran y debidamente remunerados.
Si deseamos implementar la reducción en un solo movimiento, es decir, sin esperar al 2028, tenemos plena libertad de hacerlo.
De hecho, la norma prevé la jornada laboral 4 x 3, que quiere decir que los trabajadores laboran 10 horas diarias durante cuatro días y descansan 3.
¡Listo! Ya sabemos cuántas horas al mes se trabaja en Chile y cuántas se laborarán en el futuro. Pero ¿quién lleva el control de tiempo laborado? Como es lógico, le corresponde al empleador. Por ello, la Ley nos exige habilitar alguna de estas soluciones:
Un software de gestión de personas, como el ofrecido por Defontana, te entrega todas las funciones necesarias para simplificar y digitalizar procesos de recursos humanos, como generación de contratos, liquidaciones de remuneraciones y, por supuesto, el control de asistencia (tanto presencial como virtual).
Lo mejor de todo es que el sistema garantiza el cumplimiento de las regulaciones laborales. Y como es una solución integral, el mismo registro de horas sirve para alimentar la automatización del cálculo de nómina, así como la gestión de vacaciones y otros procesos propios del área.