Ley de transformación digital en Chile

De seguro han escuchado el término “transformación digital”, que se ha puesto muy de moda estos últimos años, sin embargo, no es muy auto explicativo, ya que lo digital es bastante general en esta época, donde básicamente todo nuestro mundo gira en un entorno completamente digital.  

Nuestros medios de comunicación, transporte, entretenimiento e incluso de trabajo son digitales y el mundo esta avanzando en esa dirección nos guste o no, siendo las tareas cada vez mas automatizadas, buscando la eficiencia y rapidez en todo lo que hacemos.  

Este fenómeno de la era digital esta cambiando por completo las cosas y no nos queda más opción que adecuarnos, cada día somos mas dependientes de la tecnología para bien o para mal, por esto los gobiernos están tomando acciones para no dejar que el país se quede atrás, a continuación te explicaremos en detalle que es la transformación digital y de que se trata esta nueva ley.

¿Qué es la transformación digital? 

La transformación es la integración y adaptación de los procesos digitales dentro de una compañía, con el fin de agilizar la gestión de procesos de sus diferentes departamentos.  

Este cambio trae consigo múltiples beneficios, como el aumento de la productividad; el incremento de la eficiencia y la reducción de costos de la compañía. 

Iniciar el camino a la transformación digital puede ser algo desafiante, porque supone derribar inercias culturales en la empresa, y que muchas veces lleva tiempo superar. No solo depende de tus ganas de comenzar, sino también de la capacidad de tus colaboradores de adaptarse al cambio. 

Ahora bien ¿vale la pena el desafío? ¡Absolutamente! La transformación digital permite a las empresas mantenerse competitivas en un mercado laboral que está evolucionando de forma constante y muy rápida. No importa si tienes una gran empresa o estás iniciando tu local comercial, la transformación digital es para todos (incluso para el Gobierno)

¿En qué consiste la Ley de Transformación Digital?

La Ley n°21.180 es una ley chilena que impulsa que el ciclo completo de los procedimientos administrativos de todos los órganos de la Administración del Estado sujetos a Ley de Bases de Procedimiento Administrativo, se realicen en formato electrónico, permitiendo así más certeza, seguridad y agilidad al momento de entregar servicios públicos y otorgar transparencia a los ciudadanos.

Esta Ley entró en vigor el 9 de junio de 2022 y se irá aplicando gradualmente de acuerdo con las fases establecidas por el Gobierno.

La ley aplica para ministerios, intendencias, gobernaciones y los servicios públicos creados para llevar a cabo la función administrativa, donde estos órganos estarán obligados a disponer y utilizar de manera apropiada las diferentes herramientas digitales para realizar sus expedientes electrónicos, contando con la seguridad, interoperabilidad, interconexión y ciberseguridad requerida para su correcto funcionamiento.

¿Cómo afectará a las empresas?

Esta ley afectará a las empresas de forma positiva, ya que significa una mejora contundente en los órganos de administración del Estado de Chile, lo que debería repercutir en una administración más expedita, rápida y efectiva.

Fases de su aplicación

Las fases de aplicación que se deberán llevar a cabo son las siguientes:

  • -Fase de preparación: Levantamiento de información básica con el fin de facilitar las siguientes fases del proceso.
  • -Comunicaciones oficiales electrónicas. Registro de las comunicaciones oficiales que se hagan a otros órganos mediante el uso de una plataforma digital.
  • -Inicio de procedimientos administrativos en forma digital. Cada órgano deberá facilitar herramientas digitales para que las personas realicen ingreso de solicitudes o documentos al estado.
  • -Interoperabilidad. Los órganos deben ser capaces de interactuar y operar entre si de forma digital al interior de la administración del estado, cumpliendo los estándares para una interconexión segura y expedita.
  • -Notificaciones electrónicas. Las notificaciones a personas naturales o jurídicas se realizarán por medios electrónicos en base a un registro único dependiente del Servicio de Registro Civil.
  • -Expedientes electrónicos. Cada procedimiento deberá contar con expedientes electrónicos. Digitalización de documentos presentados en formato de papel. En caso de que una persona este imposibilitada del uso de medios electrónicos, el órgano correspondiente se debe hacer cargo de ingresas su solicitud de forma digital.

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Nos vemos en otro blogpost de Defontana

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